El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TSJUE) ha dictaminado que la ley hipotecaria española es abusiva e ilegal por no respetar las leyes comunitarias de defensa de los consumidores. Una conclusión que pone de manifiesto la clara superioridad con la que ha actuado el sector financiero frente al cliente y la limitada capacidad de acción con la que contaban los jueces para luchar contra esta desigualdad. Una situación que ha desembocado en el descomunal drama de los desahucios. Con ello, el tribunal europeo da un importante, y esperemos que decisivo, tirón de orejas a esa relación diabólica que existe en España entre la banca y el gobierno de turno. Desde que explotó la crisis económica en el verano de 2008, nadie ha tenido la valentía de modificar las leyes para evitar la sangría de los más de 500 desalojos diarios con los jueces como meros ejecutores de la voluntad del sector financiero.
Tras esta resolución, sólo cabe esperar la reacción del Gobierno de Mariano Rajoy, que retrasó la tramitación del proyecto de ley Antidesahucios -donde se incluye la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) de dación en pago- para conocer el contenido de la sentencia dictada este jueves por el tribunal europeo. El Gobierno del PP tendrá ahora que quitarse la careta ante los ciudadanos y enfrentarse al sector financiero si quiere establecer, por fin, una ley hipotecaria justa.
La sentencia dictada por el Tribunal de Luxemburgo concluye que la normativa española es contraria a la directiva europea de protección de los consumidores aprobada en 1993, que permite paralizar un desahucio si el afectado denuncia la existencia de una cláusula abusiva. Esta resolución, que contesta a la duda planteada por el titular del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, José María Fernández Seijo, pone de manifiesto que en España, los ciudadanos pueden ser expulsados de su vivienda por el procedimiento rápido con tan sólo un mes de impago y a pesar de denunciar la existencia de una cláusula abusiva. En este caso se trataba de un exceso hacia el cliente con los intereses de demora.
Han pasado ya cinco años desde que la crisis económica y financiera hizo aflorar el carácter abusivo de muchas de las cláusulas que incluían los millones de contratos hipotecarios firmados en España en la época de bonanza. Todas ellas han sido objeto de discusión entre la banca y sus clientes en numerosos procedimientos judiciales ante los tribunales. Estas condiciones contractuales, muchas de ellas vigentes, se comercializaron con nombres variados como cláusulas de suelo-techo, clips, swaps, permutas financieras, etc. Las cláusulas, adheridas a los contratos hipotecarios, pretendían proteger al cliente ante futuras y supuestas subidas de los tipos de interés, entre otras amenazas, y, en su mayoría, de su firma dependía la concesión o no del préstamo al cliente.
La única y tímida intervención del Estado en la defensa de los consumidores frente al sector financiero se produjo en mayo de 2011 ante el Juzgado de lo Mercantil número 9 de Madrid, durante la celebración del juicio por la demanda presentada por la OCU contra BBVA y Banco Popular por la aplicación de 51 cláusulas abusivas en contratos hipotecarios, de cuentas corrientes y de tarjetas de crédito. Aquella vista oral contó, por primera vez en España, con la participación del Ministerio Fiscal en defensa de los intereses generales de los consumidores. La actuación corrió a cargo del fiscal José Ignacio Esquívias Jaramilla, que había sido nombrado un mes antes para ejercer en favor de los consumidores en este tipo de causas. No se le ha vuelto a ver hasta la fecha.
La sentencia declaró nulas 22 de las 51 cláusulas impugnadas, una nulidad que no afectó a la dañina ‘cláusula suelo’ de los préstamos hipotecarios, que fija el mínimo del tipo de interés a pagar, limitando las posibles rebajas en la cuota mensual de la hipoteca al actuar como freno ante las bajadas del Euríbor. Nuevo Triunfo del sector financiero.
La pelea de la banca frente a sus propios clientes ante los tribunales españoles por la nulidad de las cláusulas abusivas de las hipotecas ha supuesto un frente a frente sin tregua alguna desde el inicio de la crisis. Una resistencia que en diciembre de 2010 llevó a una juez de Madrid a ordenar la entrada y registro de la sede madrileña del BBVA por la negativa de entidad a entregar la lista de sus clientes de swaps. Esta obstinación del sector financiero frente a los derechos de defensa de los consumidores y a una modificación de la ley hipotecaria ha tenido dos puntos fuertes. El primero, tratar de impedir que los tribunales tramitaran demandas colectivas por parte de los clientes con la finalidad de forzar negociaciones individuales, que en su mayoría incluyen pactos de silencio frente a la opinión pública, y de evitar una aplicación general de las sentencias desfavorables a todos los contratos. En segundo lugar, la banca no ha parado de alabar las bondades de la vigente normativa hipotecaria y de augurar la supuesta catástrofe que se produciría en el sistema financiero español en caso de que se modificara y, sobre todo, en caso de que se incluyera la dación en pago. Una hecatombe a la que, hasta ahora, sólo han puesto cara y nombre las miles de víctimas de los desahucios que se suceden cada día en España.
Tanto el anterior Gobierno socialista como el actual del Partido Popular se han resistido a cambiar la normativa hipotecaria, a pesar del aumento progresivo de los desalojos y de las cada vez más vigorosas denuncias de la sociedad civil, a través de organizaciones de como la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH). La Justicia europea ha sido clara: la ley hipotecaria española permite los abusos a los consumidores y el sistema de desahucios es ilegal. Esta resolución supone un claro triunfo de la ciudadanía y de los jueces españoles en la lucha contra esta injusticia. La duda que surge ahora es si el Gobierno y el sector financiero seguirán unidos en un cambio hipotecario de mínimos o si se sumarán al sentido común de solucionar este drama social, que escandaliza a todos más allá de nuestras fronteras.